Cómo iniciar tramite de pensión por fallecimiento ANSES

Cómo iniciar tramite de pensión por fallecimiento ANSES

Entre las diversas prestaciones que otorga ANSES está la pensión por fallecimiento, la cual es entregada a familiares de jubilados y trabajadores fallecidos, para de esta forma garantizar un acompañamiento económico a los destinatarios de la ayuda.   Cómo iniciar tramite de pensión por fallecimiento ANSES   El trámite para obtener la pensión por fallecimiento llega a variar según si se trata de un jubilado o un trabajador activo, pudiendo acceder a ella tanto el cónyuge de la persona fallecida, como su conviviente acreditado, hijos menores de edad e hijos con discapacidad sin límite de edad. A su vez, que no de los integrantes de la familia tenga el derecho a la pensión, no llega a excluir al resto. Es por esto que la prestación se comparte y los porcentajes que recibe cada uno de los beneficiarios llega a variar de acuerdo al caso.  

Requisitos para acceder a la pensión por fallecimiento

  Si la persona fallecida cobrara una jubilación al momento de su deceso, tendrán derecho a solicitar la pensión sus hijos, cónyuge o conviviente, siendo los requisitos para cada uno los siguientes:

  • Cónyuge: partida de casamiento actualizada, cuya actualización debe ser con fecha posterior al fallecimiento.
  • Conviviente: debe acreditar 5 años de convivencia antes de la fecha del fallecimiento. En caso de tener una hija/o reconocida/o por ambos, este plazo se reduce a 2 años.
  • Hijas/os: debe ser menor de 18 años, ser soltera/o y no estar cobrando otra prestación. En el caso de los hijos con incapacidad para trabajar y haya estado bajo el cargo de la persona fallecida, no hay límite de edad.

En todos los casos mencionados, deberán haber transcurrido diez (10) días hábiles del fallecimiento de la persona jubilada, debiendo el fallecimiento hacer ocurrido dentro de los últimos cuatro meses y la jubilación debe pertenecer al régimen general y a uno especial. Así mismo, la pensión no puede ser tramitada en función de una jubilación que se haya adquirido con regulación de aportes por moratoria.  

Documentación para el trámite

  Del jubilado fallecido:

  • Partida de defunción.
  • Formulario PS 6.76 - Información Bancaria, sólo en el caso de que no encontrarse registrada esta información en ANSES.

Si eres el cónyuge o conviviente del jubilado:

Si eres incapacitado para trabajar:

  • Formulario PS 6.9- Declaración Jurada Art. 1º Ley 17.562.
  • Formulario PS 6.12- DDJJ dependencia económica titular.
  • Formulario PS 6.13- DDJJ dependencia económica testimonial.
  • Si eres huérfana/o de padre y madre debes presentar original y copia del testimonio de tutoría o curatela ya sea transitoria o definitiva, con la debida aceptación de cargo, discernimiento y autorización para percibir los haberes devengados y a devengar.

 

Requisitos para acceder a la pensión por fallecimiento de persona trabajadora

  En el caso de la pensión por fallecimiento por muerte de un trabajador activo, los requisitos para cónyuge, conviviente e hijos son los mismos, pero adicionalmente hay otros que están vinculados a la vida laboral del fallecido, que debe:

  • Tener 30 años de aportes para el régimen común.
  • Haber hecho el aporte de 30 meses o más dentro de los últimos 36 meses antes de su fallecimiento.
  • Haber hecho el aporte de 18 meses o más dentro de los últimos 36 meses antes de su fallecimiento.
  • Haber aportado 12 meses dentro de los últimos 60 meses antes de su fallecimiento y contar con la mitad del total de años exigidos por el régimen común o diferencial. En el caso de no llegar a cumplir con este requisito, el solicitante puede completar los años de aporte, computando los servicios regularizados por alguna Moratoria Previsional.

En lo que se refiere a la documentación, los familiares deben dar constancia que estén registrados todos los aportes del fallecido. En caso contrario, deben reunir la documentación que acredite todos los períodos trabajados: recibos de sueldo, certificaciones de servicios, comprobantes de afiliación a obra social, declaración jurada que logre acreditar los servicios del trabajador fallecido.  

Cómo realizar el trámite de pensión por fallecimiento

  Para realizar el trámite de pensión por fallecimiento se deben seguir los pasos siguientes:

  • Obtén tu clave de seguridad social, la cual te servirá para llevar a cabo gestiones y consultas. Esta clave la puedes obtenerla en línea.
  • Haz la revisión de tus datos personales ingresando con tu clave en mi ANSES y asegúrate que tus vínculos familiares están correctos. En caso de que falten datos o estén incorrectos, ingresa a Atención Virtual y haz clic en la opción “Solicitar modificación de datos personales y/o grupo familiar”, para de esta forma actualizarlos.
  • Solicita un turno para ser atendido en la oficina más cercana a tu residencia.

 

Cuánto cobran los familiares por la pensión

  El monto total de pensión, es determinada en función del 70% de lo que le correspondería cobrar a la persona fallecida. Sin embargo, la forma en que es repartido ese porcentaje llega a variar según este compuesto el grupo familiar beneficiario:

  • El 70% para la viuda(o) o conviviente, si no hay hijos con derecho a pensión.
  • El 50% para la viuda(o) o conviviente, si existen hijoscon derecho a pensión.
  • El 20% para cada hijo. Si no hubiera viuda(o) o conviviente con derecho a pensión, el porcentaje de cada hijo se incrementará distribuyéndose el 50% en partes iguales.

En ANSES hacen la aclaratoria de que la suma de las ayudas de todos los beneficiarios, no podrán exceder el 100% de lo que era cobrado por la persona fallecida. En cuyo caso se deberá recalcular manteniéndose las mismas proporciones. Así mismo, si alguno de los familiares llegara a perder en algún momento el derecho a percibir la pensión, se hará el recalculo del momento que corresponde a los demás.

 

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